He subsanado las deficiencias detectadas en mi solicitud. Al inscribirla de nuevo, ya subsanada, ¿debo volver a registrarla, de forma telemática, o a presentar la hoja que el sistema genera en PDF en registro oficial, etc.?

No, ya no tiene que volver a registrarla de ninguna forma. Lo que sí debe hacer es asegurarse de INSCRIBIRLA, tras los cambios que haya efectuado. Si no se produce esta inscripción, la subsanación no se completa. Al volver a inscribir su solicitud en el sistema pasará de Excluida subsanable a Inscrita. Cuando se proceda su nueva revisión pasará a Admitida o a Excluida con carácter definitivo.